El 1 de noviembre entra en vigor la prescripción por principio activo, con algunas excepciones

El próximo martes, 1 de noviembre entra en vigor la receta por principio activo, prevista por el Real Decreto Ley 9/2011, según confirmaron ayer fuentes del Ministerio de Sanidad, tras la reunión de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud,

No obstante, tal y como aclara el diario ABC, “esto es solo en teoría, porque desde el mes de julio, cuando el Ministerio de Sanidad tomó esta decisión para ahorrar unos 2.000 millones al año, ha habido cambios”. Para no quedarse excluidos del mercado, los laboratorios han bajado los precios y se han igualado a los genéricos. Eso significa que los médicos, de forma excepcional, podrán recetar fármacos de marca, siempre que estos sean tan baratos como su copia o haya un motivo terapéutico justificado para recetar un medicamento más caro. Si el médico no justifica su necesidad —y no lo avala con su firma—, el farmacéutico estará obligado a sustituirlo por otro fármaco con el mismo principio activo (la sustancia que permite que el medicamento tenga efecto).

Estas son las reglas que ayer acordaron el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, tras la reunión de la Comisión permanente de Farmacia. Con este nuevo escenario el Ministerio de Sanidad elude las críticas que durante estos meses se han vertido por no respetar la libertad de prescripción del facultativo. (…) Lo que deja en el aire el decreto es cómo se regularán las excepciones, cuando se decida recetar un fármaco de marca más caro: si se hará siempre en función del criterio médico o del de cada comunidad.

FUENTE: MINISTERIO DE SANIDAD