Propuestas para el personal de M.I.R.

CESM (Confederación Estatal de Sindicatos Médicos) como máximo representante de los Médicos de Castilla y León y defensor de sus derechos laborales, va a plantear ante la Administración unos puntos de mejora de nuestros compañeros M.I.R.

1. NUEVO ESTATUTO DEL RESIDENTE  que contemple de forma conjunta los aspectos formativos y laborales, que amplíe y legisle competencias y responsabilidades, además de garantizar una formación especializada de calidad.

2. PARTICIPACIÓN SINDICAL Y MESA DE NEGOCIACIÓN PROPIA CON LA CONSEJERÍA DE SANIDAD. Derecho del colectivo MIR a la representación, negociación y participación colectiva en el ámbito autonómico.

3. PERCEPCIÓN DE UN COMPLEMENTO AUTONÓMICO ESPECÍFICO DE FSE.

4. INCREMENTO DE RETRIBUCIONES. Cobro de los trienios, paga extraordinaria íntegra y con complemento, garantía de cobro de toda la atención continuada realizada en las rotaciones externas y cumplimiento de la actualización del acuerdo de subida de hora de guardia en base al acuerdo conseguido por CESM.

5. JORNADA. Deberá organizarse de manera compatible con el cumplimiento efectivo del programa formativo de la especialidad correspondiente. La duración máxima de la jornada laboral diaria total del personal residente nunca superará los límites establecidos en la normativa europea y nacional sobre tiempo de trabajo y descansos.

6. JORNADA COMPLEMENTARIA. La jornada complementaria y la actividad de guardia tendrán carácter extraordinario, complementario y formativo, y no estructural. La retribución de todo exceso de jornada ordinaria no podrá ser inferior al 200 % del valor de la hora correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo. La actividad realizada en horario nocturno y en días festivos deberá ser objeto de incrementos retributivos adicionales.

7. SOLAPE DE JORNADA. La transmisión de la información asistencial (pase de guardia) tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo y retribuido.

8. DESCANSOS OBLIGATORIOS. El descanso posterior a la realización de actividad de guardia tendrá carácter obligatorio y efectivo. En el caso de guardias realizadas en sábado, el descanso correspondiente deberá disfrutarse en el primer día laborable siguiente o, de forma excepcional, en un día pactado dentro de un plazo máximo de 15 días, garantizando en todo caso su disfrute efectivo.

9. PROTECCIÓN DEL TIEMPO FORMATIVO NO ASISTENCIAL. El personal residente dispondrá de un mínimo de 7 horas semanales de tiempo formativo protegido en promedio mensual, no asistencial, destinadas a actividades formativas estructuradas conforme al programa oficial de la especialidad. Este tiempo tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo y retribuido.

10. CONCILIACIÓN. Se propone expresamente el derecho a la reducción de jornada y exención de guardias por embarazo, parto, lactancia y cuidado de hijo/a o personas dependientes, sin merma retributiva.

11. CALENDARIO LABORAL INDIVIDUAL. Deberá ser conocido con una antelación razonable (al menos seis meses) y deberá ser revisado periódicamente.

12. ELIMINACIÓN DE LOS LISTADOS DE INCIDENCIAS. Si se necesita realmente un listado de incidencia, se deberá considerar guardia localizada y remunerarlo.

13. ESTABLECER ESPACIOS DE DESCANSO DIGNOS. No a las camas calientes y situaciones de hacinamiento e insalubridad.

14. CÓMPUTO DEL PERIODO DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA EN LA CARRERA. El periodo de Formación Especializada y la actividad formativa debe computar para la Carrera Profesional.

Descárgate el compendio de documentación legislativa referente al M.I.R.

De cara al futuro profesional

Conseguir que se ofrezcan Contratos “dignos” para aquellos que finalizan el M.I.R. en nuestra comunidad. Lo cual significa:

1. Lograr “verdaderas” iniciativas de la Administración para que se lleve a cabo una autentica FIDELIZACIÓN en nuestra Comunidad.

2. Seguir con la dinámica que hemos conseguido de 1 Concurso-Oposición al año, en el que se oferten el mayor número de plazas posibles.

3. Conservar, y si es posible mejorar, el Concurso Abierto y Permanente que hemos logrado que se ponga en marcha.

Para todo ello CESM brinda a “todos” los M.I.R.:

Su sistema de información personalizada
Asesoría de sus delegados en cada centro
Sistema de formación posgraduada (Campus CESM)
Cursos de formación para opsiciones
Asesoría jurídica incluída.

Informate en la sede central en:
C/ Angustias nº34 1º Izda.- 47003.- Valladolid. Tfno.:  983 218524, Fax:  983 303898

E-Mail:  cesmcyl@cesmcyl.es

O visitando los sindicatos provinciales.