El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia favorable a un médico especialista del Complejo Hospitalario de Jaén quien a través de la asesoría jurídica del Colegio de Médicos de Jaén solicitó el derecho a disfrutar de los periodos de descanso semanal.
Según ha informado el Colegio en un comunicado, el fallo del TSJA ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Servicio Andaluz de Salud contra la sentencia publicada en el año 2006 por la sala de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Jaén, que reconocía el derecho del facultativo a disfrutar de los periodos de descanso mínimo semanal de 36 horas (24+12) dentro de un periodo de referencia de catorce días.
La Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no encuentra excepciones a la norma general que recoge la directiva europea, por lo que ha dado la razón al médico. De este modo, si solo se ha disfrutado de un descanso semanal de 36 horas ininterrumpidas como consecuencia de una guardia de presencia física en sábado, necesariamente deberá de descansar el día número 14 hasta completar 36 horas, sin menoscabo de los descansos semanales correspondientes al nuevo periodo de catorce días en cuyo inicio se situarán los descansos del periodo anterior.